0d48ec9d-a119-4787-8781-70de66845b73-medium-standard-q100.png

7 de enero de 2010

SECRETARIA DE GOBIERNO RESALTA APROBACIÓN DE DIPUTADOS A PROYECTO QUE PERMITE DISTRIBUIR «PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS»

La Cámara aprobó las modificaciones del Senado al proyecto que establece el derecho a información y libre elección de los métodos de regulación de la fertilidad, y garantiza que el Estado respete estos derechos y el acceso a todos los […]

La Cámara aprobó las modificaciones del Senado al proyecto que establece el derecho a información y libre elección de los métodos de regulación de la fertilidad, y garantiza que el Estado respete estos derechos y el acceso a todos los métodos, incluyendo los anticonceptivos de emergencia.
De esta forma, la iniciativa, cumplió con su tramitación en el Congreso y fue despachada al Ejecutivo, para que la promulgue como ley.

El proyecto establece que toda persona tiene derecho a recibir educación, información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, en forma clara, comprensible, completa y, en su caso, confidencial.

Entre otras modificaciones, el Senado agregó un párrafo que dispone que dicha educación e información deberán entregarse por cualquier medio, de manera completa y sin sesgo, y abarcar todas las alternativas que cuenten con la debida autorización, y el grado y porcentaje de efectividad de cada una de ellas, para decidir sobre los métodos de regulación de la fertilidad y, especialmente, para prevenir el embarazo adolescente, las infecciones de transmisión sexual, y la violencia sexual y sus consecuencias, incluyendo las secundarias o no buscadas que dichos métodos puedan provocar en la persona que los utiliza y en sus hijos futuros o en actual gestación.

El contenido y alcance de la información deberá considerar la edad y madurez psicológica de la persona a quien se entrega.

Agrega el texto que este derecho comprende el de recibir libremente, de acuerdo a sus creencias o formación, orientaciones para la vida afectiva y sexual. Un reglamento del Ministerio de Salud dispondrá el modo en que los órganos con competencia en la materia harán efectivo el ejercicio de este derecho.

Al respecto, la secretaria de Gobierno, Maribel Valle, expresó que una vez que el proyecto sea promulgado «se garantiza como Estado que todas las mujeres y las familias puedan elegir cómo regular su planificación familiar, así como acceder a una adecuada educación en materia de sexualidad».
Señaló que «no es tolerable en un país que ha avanzado en equidad y hacia una sociedad más justa, donde todos tengan oportunidades, que sólo las mujeres con recursos puedan adquirir la píldora en farmacias y las mujeres que no tienen recursos, no puedan tener acceso a ella».

Educación sexual en los colegios

En el caso de los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, se indica que deberán incluir en la Enseñanza Media un programa de educación sexual, el cual, según sus principios y valores, incluya contenidos que propendan a una sexualidad responsable e informe de manera completa sobre los diversos métodos anticonceptivos existentes y autorizados, de acuerdo al proyecto educativo, convicciones y creencias que adopte e imparta cada establecimiento educacional en conjunto con los centros de padres y apoderados.

Derecho a libre elección

El proyecto también establece el derecho a elegir libremente, sin coacción de ninguna clase y de acuerdo a las creencias o formación de cada uno, los métodos de regulación de la fertilidad femenina y masculina, que cuenten con la debida autorización y, del mismo modo, acceder efectivamente a ellos.

Sin embargo, en aquellos casos en que el método anticonceptivo de emergencia sea solicitado por una persona menor de 14 años, el funcionario o facultativo que corresponda, en el sistema público o privado de salud, procederá a la entrega de dicho medicamento, debiendo informar, posteriormente al padre o madre de la menor o al adulto responsable que ella señale.

Toda persona tiene derecho a la confidencialidad y privacidad sobre sus opciones y conductas sexuales, así como sobre los métodos y terapias que elija para la regulación o planificación de su vida sexual.

Finalmente, la iniciativa dispone que los órganos de la Administración del Estado con competencia en la materia, adoptarán las medidas apropiadas para garantizar el ejercicio de los derechos establecidos por esta ley. Para ello deberán elaborar planes que señalen las acciones respectivas.

Asimismo, los órganos estatales con competencia en la materia pondrán a disposición de la población los métodos anticonceptivos, tanto hormonales como no hormonales, que cuenten con la debida autorización, tales como los métodos anticonceptivos combinados de estrógeno y progestágeno, métodos anticonceptivos de progestágeno solo, los métodos anticonceptivos hormonales de emergencia y los métodos de anticoncepción no hormonal, naturales y artificiales.

El texto se encontraba en tercer trámite constitucional, y con este resultado, quedó listo para su promulgación por la Presidenta de la República Michelle Bachelet.