16 de octubre de 2012
Para que una democracia se precie de moderna y de inclusiva, para que un sistema electoral se precie de ser democrático, universal e inclusivo, tiene que garantizar el voto a todos los ciudadanos habilitados para poder ejercer el sufragio en las condiciones legales.
Sin embargo, nuestro sistema electoral adolece de una deficiencia que al parecer han olvidado legisladores, especialistas y políticos: el derecho a voto de los ciudadanos que se encuentran hospitalizados.
Si usted es ciudadano (a) inscrito en la comuna de Punta Arenas y está hospitalizado en el Hospital Clínico Lautaro Navarro, en el Hospital de las Fuerzas Armadas o en la Clínica Magallanes el día de la elección el próximo 28 de octubre, ¿cómo puede ejercer su sufragio?
Usted ese día no podrá votar, aunque quiera.
Y en este caso en comunas como Punta Arenas, Natales y Porvenir, donde hay establecimientos hospitalarios, hay decenas sino cientos de ciudadanos y ciudadanas, que ese día domingo 28 de octubre no podrán votar por una causa que no es responsabilidad suya, incluso ajena a su voluntad, ya que nadie quiere voluntariamente enfermarse ni hospitalizarse.
En esta circunstancia, el ciudadano o ciudadana que está postrado u hospitalizado no puede votar aunque quisiera, porque no se ha previsto un procedimiento adecuado y facilitador que le permita cumplir con su deber ciudadano.
¿Cómo prevemos y resolvemos esta dificultad?
Pues bien, en una democracia moderna e inclusiva, la solución se llama la urna itinerante, es decir, un procedimiento regulado que permite que un grupo de vocales de mesa circulen en todos los hospitales, clínicas y centros de salud donde hay ciudadanos hospitalizados, a objeto de facilitar que esos pacientes puedan ejercer su derecho cívico.
Naturalmente, como rige el nuevo mecanismo de la inscripción automática y el voto voluntario, pudiera suceder que el ciudadano hospitalizado prefiera no emitir su voto, pero en todo caso, la ley y las instituciones del Estado habrían previsto poner a su disposición una urna legalmente constituida en este caso itinerante- para el caso que desee sufragar.
En estricto rigor este problema pone de relieve que derecho a sufragio y voto voluntario son dos cuestiones cercanas, pero que no se pueden confundir. El voto voluntario es un procedimiento legal y reglamentario a fin de dejar al libre albedrío de la conciencia del ciudadano la decisión de concurrir a ejercer el voto, pero el derecho a sufragio es un derecho que forma parte de las condiciones básicas de la democracia.
El voto voluntario no invalida la naturaleza inalienable del derecho de todo ciudadano a sufragar, que es consustancial a toda democracia.
Y por lo tanto, los ciudadanos hospitalizados tienen también el derecho a ejercer su voto.
Tarea para las instituciones electorales y políticas.
Punta Arenas Magallanes, martes 16 de octubre de 2012.
CIUDADANO POLAR
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Campaña de Verano
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