22 de enero de 2015
A la pena efectiva de 541 días de cárcel, fue condenado hoy S.R.C.S, por el delito de desacato, en contexto de violencia intrafamiliar, VIF. El Tribunal Oral en lo Penal le impuso además, el pago de una multa de dos Unidades Tributarias Mensuales por provocar lesiones menos graves a su padre y le prohibió acercarse a él y a su domicilio por el lapso de dos años.
Durante el juicio efectuado la semana pasada, la Fiscal Alejandra Guevara Mendoza, mediante pruebas y testigos acreditó los ilícitos, indicando que ocurrieron la noche del 22 de Junio de 2014, en circunstancias que la víctima se encontraba en su domicilio cuando llegó su hijo bajo los efectos del alcohol, y sin mediar provocación comenzó a insultarlo y a golpearlo en el rostro , a raíz de lo cual intervino el hermano del acusado logrando sacar a su padre de la casa y llamar a Carabineros quienes concurrieron al lugar y detuvieron al sujeto.
Cabe indicar que el acusado tenía vigente una orden de prohibición de acercamiento a la víctima por dos años, por el delito de amenazas en contexto VIF.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.