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27 de octubre de 2016

DIPUTADO MORANO PRESENTA POYECTO PARA ESTABLECER COMO PROPAGANDA LOS LLAMADOS A NO VOTAR EN ELECCIONES

Con el fin de aplicar las normas generales de transparencia y de regulación, de las campañas políticas, el diputado Juan Morano, junto a la diputada Yasna Provoste e Iván Flores presentaron un proyecto de ley que busca determinar como una […]

DIPUTADO MORANO PRESENTA POYECTO PARA ESTABLECER COMO PROPAGANDA LOS LLAMADOS A NO VOTAR EN ELECCIONES

Con el fin de aplicar las normas generales de transparencia y de regulación, de las campañas políticas, el diputado Juan Morano, junto a la diputada Yasna Provoste e Iván Flores presentaron un proyecto de ley que busca determinar como una nueva forma de propaganda electoral lo llamados a no votar, o de no votar por algunos o contra otros, ciertamente porque, en un periodo electoral estos grupos buscan influenciar legítimamente la decisión de los votantes y en este caso particular tiene por objeto desincentivar el voto o dirigirlo hacia otros, situación que debe quedar regulada por la norma como las campañas tradicionales.

Al respecto el parlamentario indicó que “se entiende por propaganda electoral todo evento o manifestación que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales. En el mismo orden de ideas es necesario dar trasparencia y regular también a quienes, en una opción diversa, que puede debilitar la democracia y la representatividad, llaman a no votar. Esta nueva situación del llamado a no votar del cual hemos sido testigos en las últimas elecciones, sin duda ha logrado parte de su objetivo político y ha influenciado la decisión de los y las electoras de no concurrir a las urnas, provocando el efecto de menor participación. Hay que saber quién y cómo se financian estos llamados, por ejemplo”.

Finalmente Morano explicó que “con este proyecto he solicitado que se agregue un nuevo inciso segundo al artículo 30 de la Ley N° 18.700, quedando de la siguiente forma: (…) Se entiende por propaganda electoral, todo evento o manifestación pública y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos, siempre que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales. En el caso de los plebiscitos, se entenderá por propaganda electoral aquella que induzca a apoyar alguna de las proposiciones sometidas a consideración de la ciudadanía (…).

Asimismo se entenderá como propaganda electoral todo evento o manifestación pública y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos, que llamen a NO VOTAR o que tengan por objeto desincentivar a la ciudadanía que concurran a vota (…)”.

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