22 de julio de 2012
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas no acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Magallanes por la Agrupación de Ciudadanos Afectados por el aluvión, ratificando el accionar de la autoridad sanitaria durante la emergencia.
El fallo señala que de los antecedentes presentados no existe una omisión arbitraria o ilegal imputable a la Secretaría Regional Ministerial de Salud como consecuencia de la emergencia que vivió esta ciudad en el mes de marzo del presente año, toda vez que ésta no tiene facultades para decretar una alerta sanitaria ni parece que haya existido mérito suficiente para ello, por cuanto, ha quedado establecido que todos los organismos competentes para enfrentar una catástrofe como la que ocurrió, han cumplido con sus funciones.
Se agrega que en el recurso no se encuentra establecida la existencia de una acción u omisión caprichosa o contraria a derecho imputable a la Secretaría Ministerial.
La SEREMI de Salud, Dra. María Isabel Iduya, explicó que desde el primer momento el sector salud dispuso equipos de trabajo para colaborar durante ésta emergencia, implementando un Plan de Acción que contempló vigilancia epidemiológica, educación en medidas de prevención de enfermedades gastrointestinales y respiratorias, respuesta frente a incremento de consultas de salud mental, vacunación preventiva contra Hepatitis A y adelantando la campaña contra la Influenza, desarrollando fiscalizaciones en terreno de establecimientos afectados y vigilancia de vectores.
Ambos mayores de edad.
Ambos mayores de edad.