10 de mayo de 2022
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En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.