23 de marzo de 2009
NUEVO INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL INFORMÓ QUE TRABAJADORES INDEPENDIENTES PUEDEN COTIZAR EN FORMA VOLUNTARIA AL SEGURO DE ACCIDENTES LABORALES
Continúa la difusión de nuevos alcances y beneficios que trae consigo la actual implementación de la Reforma Previsional en la región y el país. En esta ocasión, numerosos vecinos de la Población Simón Bolivar de Punta Arenas, acudieron al Jardín […]
Continúa la difusión de nuevos alcances y beneficios que trae consigo la actual implementación de la Reforma Previsional en la región y el país.
En esta ocasión, numerosos vecinos de la Población Simón Bolivar de Punta Arenas, acudieron al Jardín Infantil Luna Creciente, para escuchar al encargado de la Agencia Regional del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Giovanni Torteroglio, quién describió con amplitud, la posibilidad que tienen los trabajadores independientes de cotizar voluntariamente y así ser beneficiarios de la Ley 16.744 de accidentes y enfermedades profesionales.
Según el profesional, A contar de las cotizaciones del mes de octubre del 2008, la Ley Nº 20.255 de Reforma Previsional permite a cualquier trabajador independiente que perciba renta cotizar voluntariamente para el Seguro Social Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, detalló.
Para ello, la labor del Instituto de Seguridad Laboral, está enfocada a entregar a sus clientes ciudadanos la posibilidad de contar con los beneficios que entrega el Seguro a través del principio de la generación de Valor Público.
Para acceder al Seguro Social Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales los trabajadores independientes deben cumplir con los siguientes requisitos:
No estar afiliado como independiente en una mutualidad.
Haber pagado las cotizaciones para salud común (FONASA o ISAPRE) y para pensión (INP o AFP).
Registrarse en la sucursal del INP en forma previa a efectuar la primera cotización.
Para registrarse debe concurrir al Centro de Atención Previsional (sucursal INP, actual IPS) más cercana a su domicilio.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó hoy –lunes 20 de julio– el recurso de nulidad deducido por la defensa en contra de la sentencia que condenó a J.M.Q.C. a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito tentado de femicidio íntimo. Ilícito perpetrado en abril del año pasado, en la comuna.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó hoy –lunes 20 de julio– el recurso de nulidad deducido por la defensa en contra de la sentencia que condenó a J.M.Q.C. a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito tentado de femicidio íntimo. Ilícito perpetrado en abril del año pasado, en la comuna.





























































































































































