12 de octubre de 2014
Los integrantes de la Red de Asistencia a Víctimas (RAV) que componen el Protocolo Intersectorial de Atención a Víctimas de Femicidio realizaron hoy una jornada de difusión del mismo, dirigido a consejeros técnicos del Tribunal de Familia de Punta Arenas.
El teniente coronel Humberto Urrejola de Carabineros, Alejandra Ruiz de Sernam, Marcela Mella de Sename y Natacha Oyarzún del Centro de Apoyo a Víctimas (CAVD) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, detallaron a los profesionales el procedimiento que se activa cuando ocurre un femicidio consumado o frustrado en la región.
El protocolo es un mecanismo de coordinación interinstitucional, que tiene por objetivo garantizar la protección y atención integral (psicológica, social y legal) de los niños, niñas y adolescentes víctimas indirectas de Femicidio, así como también a sus familiares y otras víctimas adultas.
El coordinador regional de Seguridad Pública, José Miguel Rubina, destacó el encuentro de difusión, y manifestó que este tipo de actividades se continuarán realizando para que los servicios públicos y la comunidad en general conozca el trabajo serio y adecuado que se realiza en estos casos de violencia contra las mujeres, expresó el personero, enfatizando que es esencial la denuncia para evitar llegar a extremos como femicidios frustrados o consumados.
Por su parte, los consejeros técnicos valoraron la organización de la instancia puesto que contribuye al trabajo coordinado entre los servicios públicos que abordan temáticas similares. A su vez, de forma voluntaria se incorporarán a la mesa de la Red de Asistencia a Víctimas (RAV), lo que sin duda aportará a dar las mejores atenciones a los menores de edad víctimas directas o indirectas de delitos.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.