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13 de mayo de 2008

SENADOR MUÑOZ PIDE MODIFICAR LA LEY DE SUBCONTRATACIÓN

El Senador Pedro Muñoz, integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara Alta, señaló que el fallo de la Corte Suprema que dio la razón a CODELCO en la polémica sostenida con la Dirección del Trabajo […]

El Senador Pedro Muñoz, integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara Alta, señaló que el fallo de la Corte Suprema que dio la razón a CODELCO en la polémica sostenida con la Dirección del Trabajo por la aplicación de la ley de subcontratación, significa un duro traspié para dicha norma que obliga a su urgente revisión.

Para el parlamentario, el denominado “supremazo” que ha vedado la posibilidad de una instancia administrativa para hacer cumplir esta ley, unida a la carencia de atribuciones de la Dirección del Trabajo para derivar los casos hacia la justicia, ha dejado a los trabajadores “atados de manos” respecto del ejercicio de sus derechos.

“Lo resuelto por los Tribunales – precisó – obligaría a que los propios trabajadores afectados por casos de suministro o subcontratación ilegal demandaran al empleador mandante, pasando por encima de su empleador formal y, en algunos casos, afectando incluso su subsistencia como empresa, lo que resulta del todo inviable.”

“Lo anterior – recalcó – ha sido recogido en la propia resolución de la Corte Suprema, en la prevención del Ministro Pedro Pierry, quien ha señalado expresamente que privar a la Dirección del Trabajo de la facultad de calificar los hechos, más aún cuando la ley le excluye de la titularidad activa en la materia, provoca que “la eventual conducta transgresora de la ley quedará sin sanción, salvo que sea el propio trabajador afectado el que reclame, lo que en muchos casos resulta ilusorio.”

Por esta razón – afirmó Muñoz – resulta urgente modificar la ley de subcontratación para darle a la Dirección del Trabajo la atribución, a lo menos, de instar por la calificación judicial de estos hechos y buscar así la aplicación de la ley, de un modo similar a lo que existe ya en materia de prácticas antisindicales.

En ambas situaciones y también en otras referidas al cumplimiento de las normas laborales respecto de trabajadores en actual actividad, resulta muy difícil que sean los propios afectados quienes accionen contra su propia empresa ante los Tribunales, por lo que sería del todo razonable permitir a la Dirección del Trabajo que lo haga.

Recordó que diversas leyes, promulgadas en los últimos años, han otorgado atribuciones similares para ejercer la titularidad activa a entes administrativos como el Servicio Nacional del Consumidor y al Servicio Nacional de la Mujer, en materias de su competencia, por lo que no debieran existir inconvenientes para concederlas, también, a la Dirección del Trabajo, en un tema de tanta relevancia como es la protección de los derechos de los trabajadores.

El legislador concluyó señalando que solicitará formalmente al Ministerio del Trabajo enviar un proyecto de ley que otorgue estas facultades al organismo fiscalizador, pues de lo contrario “la ley de subcontratación corre el riesgo de transformarse en letra muerta” – sentenció.

Juan Cristóbal Romero
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