19 de mayo de 2023
SERGIO LAUSIC GLASINOVIC, ESCRITOR E HISTORIADOR, MARIO DRPIC DÍAZ INGENIERO COMERCIAL, ASEGURARON QUE CONTINUARÁN CON LA LABOR DE LLEVAR ADELANTE EL PROGRAMA «LA VOZ CROATA»
Esta mañana, en el programa «Buenos días región» conducido por el comunicador Jose Aguilante, Sergio Lausic Glasinovic, escritor e historiador, y Mario Drpic Díaz, ingeniero comercial, estuvieron en Polar Comunicaciones para conversar sobre la continuidad del programa «La Voz Croata» […]

Esta mañana, en el programa «Buenos días región» conducido por el comunicador Jose Aguilante, Sergio Lausic Glasinovic, escritor e historiador, y Mario Drpic Díaz, ingeniero comercial, estuvieron en Polar Comunicaciones para conversar sobre la continuidad del programa «La Voz Croata» tras el lamentable fallecimiento del comunicador Juan Edmundo Peric.
«La Voz Croata» es un programa dirigido a la colonia Croata residente en la Región de Magallanes, donde se abordan temas de interés para esta comunidad, se realizan entrevistas y se difunde música croata. El programa se emite todos los sábados de 13.00 a 14.00 horas y era conducido anteriormente por Juan Edmundo Peric, quien dejó un legado importante en la difusión de la cultura croata en la región.
Durante la entrevista en «Buenos días región», Sergio Lausic Glasinovic y Mario Drpic Díaz aseguraron que continuarán con la labor de llevar adelante «La Voz Croata» en honor a la memoria de Juan Edmundo Peric. Ambos expresaron su compromiso con la comunidad croata y su interés en seguir promoviendo y preservando la cultura croata en Magallanes.
Puedes ver la entrevista aquí:
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.





























































































































































