10 de diciembre de 2012
SOBRE LEY DE PESCA
Señor Director: En los próximos días comienza el tercer trámite de la ley de pesca en la Cámara de Diputados, luego que en el Senado se estableciera un acuerdo entre la Democracia Cristiana y el Gobierno, liderados por Jorge Pizarro […]
Señor Director:
En los próximos días comienza el tercer trámite de la ley de pesca en la Cámara de Diputados, luego que en el Senado se estableciera un acuerdo entre la Democracia Cristiana y el Gobierno, liderados por Jorge Pizarro y Pablo Longueira, respectivamente.
Si bien hay claridad que dicho acuerdo no establece cambios de fondo para que exista una real apertura del mercado de la pesca, una plataforma social para los trabajadores y se deje de privilegiar a unos pocos, lo esperable era que todos los actores que concurrieron a él, mantuvieran su palabra. No obstante, llama la atención que a horas de haberse aprobado la ley en el Senado, el Ministro Longueira, consultado sobre la materia indicara que insistiremos para que se respete lo esencial del acuerdo.
Como dirigente y ciudadano, no tengo más que entender que este supuesto acuerdo no fue más que un maniobra del gobierno, en el que el senador Pizarro y su partido, han sacado la peor parte, porque a ojos de la ciudadanía, quedará estampado que la Democracia Cristiana no fue capaz de mantener sus principios y valores regalando los recursos pesqueros que pertenecen a todos los chilenos a siete familias de la industria pesquera, debido a que cedió frente a los intereses empresariales.
Luis Vargas Martínez
Secretario
Sindicato Bio- Bio de Pesquera Camanchaca – Pesca Sur
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.





























































































































































