9 de enero de 2019
En el último día del juicio que comenzó este lunes 7, el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas emitió veredicto condenatorio por lesiones graves en contra la comerciante Yerka Torres Ojeda, acusada de agredir físicamente al animador de televisión local Patricio Díaz a causa de su orientación sexual.
En fallo unánime, los magistrados Jaime Álvarez, José Octavio Flores y Guillermo Cádiz estuvieron por desestimar la imputación por lesiones gravísimas realizada por la Fiscalía y recalificar el delito a lesiones graves. Además, por voto de mayoría –estuvo en contra el magistrado Flores- rechazaron la agravante planteada por el ente persecutor respecto a la motivación homofóbica del ataque.
De esta forma, descartaron que el delito de base estuviera agravado por un ”delito de odio”, incorporado al artículo 12 número 21 del Código Procesal Penal tras la aprobación de la llamada Ley Zamudio, y que considera una circunstancia agravante el “cometer el delito o participar en él motivado por la ideología, opinión política, religión o creencias de la víctima; la nación, raza, etnia o grupo social a que pertenezca; su sexo, orientación sexual, identidad de género, edad, filiación, apariencia personal o la enfermedad o discapacidad que padezca».
Participaron en los alegatos el fiscal Cristián Muñoz, la querellante del Ministerio del Interior Violeta Arriagada y el querellante particular Cristián Escobar. La defensa de la imputada fue ejercida por María Fernanda Benavides.
La sentencia será dada a conocer el próximo 14 de enero. Yerka Torres arriesga tres años de presidio menor.
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