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17 de junio de 2024

SBAP: COMIENZA PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA DETERMINACIÓN DE SITIOS PRIORITARIOS EN MAGALLANES

​Las personas que deseen participar dentro de la región, deberán entregar los antecedentes por escrito en la Oficina de Partes de la Seremi del Medio Ambiente de Magallanes, ubicada en Avenida Bulnes #01040; o enviar un correo electrónico a dslistasitios@mma.gob.cl .

Prensa Radio Polar

​Este lunes, en el marco de la implementación de la ley N°21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), se dio inicio al procedimiento de determinación de sitios prioritarios para la Estrategia Nacional de Biodiversidad y las Estrategias Regionales de Biodiversidad en la Macrozona Sur, incluyendo a la región de Magallanes y la Antártica Chilena.
Para dar cumplimiento al procedimiento, la norma fija un plazo de 30 días corridos, a partir de la publicación en el Diario Oficial, es decir que el plazo vence el 17 de julio de 2024, para la recepción de antecedentes sobre la determinación de sitios prioritarios a nivel Regional, que ya han sido identificados previamente en la Estrategia Nacional de Biodiversidad (ENB) y en la Estrategia Regional de Biodiversidad (ERB) del año 2002 y su actualización del año 2015. Siendo una convocatoria abierta a cualquier persona natural o jurídica, que “podrá aportar antecedentes técnicos, científicos y sociales sobre la materia, y en particular, aquellos que digan relación con los valores ecológicos del sitio y sus usos”, según señala el cuerpo legal.
Las personas que deseen participar dentro de la región, deberán entregar los antecedentes por escrito en la Oficina de Partes de la Seremi del Medio Ambiente de Magallanes, ubicada en Avenida Bulnes #01040; o enviar un correo electrónico a dslistasitios@mma.gob.cl .
Al respecto, el Seremi del Medio Ambiente de Magallanes, Enrique Rebolledo Toro, valoró el anuncio, señalando que “es muy importante que la ciudadanía esté atenta, sea parte de estos procesos y pueda colaborar con datos relevantes, desde sus diferentes áreas del conocimiento, sobre cuáles consideran que son sitios prioritarios para su conservación en la región”.
¿Qué son y para qué sirven los sitios prioritarios?
La ley 21.600, define a los sitios prioritarios como: “áreas de valor ecológico, terrestre o acuática, marina o continental, identificado por su aporte a la representatividad ecosistémica, su singularidad ecológica o por constituir hábitat de especies amenazadas, priorizada para la conservación de su biodiversidad”.
El objetivo de esta resolución es poder regularizar aquellos sitios previamente definidos como prioritarios; para lo cual se presentará un listado a nivel nacional, que será evaluado por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad; mientras que, para la determinación de nuevos sitios prioritarios, el Ministerio del Medio Ambiente elaborará un Reglamento, estableciendo criterios técnico-científicos para la declaración de los mismos. Este deberá contemplar la participación de las comunidades científicas, locales e indígenas; así como de autoridades locales y regionales.
Entre algunos de los alcances que la nueva regulación establece, se prohíbe expresamente la alteración física de los humedales que constituyan sitios prioritarios; la extracción de turba y el daño hacia la flora y fauna nativa, especialmente cuando tales acciones produzcan cambios significativos en las características ecológicas de los sitios.




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