23 de diciembre de 2023
Con fecha 19 de diciembre de 2023 la Ilustre Corte de Apelaciones de Punta Arenas, acogió en forma unánime un Recurso de Protección interpuesto por el consejero Regional Alejandro Riquelme Ducci y patrocinado por el Abogado Jaime González Kazazian, en contra del Consejo Regional y su Comisión Especial de Ética, creada por una denuncia efectuada por la Consejera Regional Ximena Montaña Velásquez. El fallo señala textual que: «… SE ACOGE el recurso de protección interpuesto por Alejandro Gabriel Riquelme Ducci, en contra del Consejo Regional de Magallanes y la Antártica Chilena, y se deja sin efecto el proceso ante la Comisión Especial de Ética al cual fue sometido el recurrente» , calificando una serie de graves infracciones cometidas por la Comisión, concluyendo que se había: «…vulnerado con ello el inciso 5° del número 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que garantiza el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales».
Denuncias cruzadas y creación de la Comisión Especial de Ética
El CORE Alejandro Riquelme Ducci en la sesión de pleno efectuada el día 10 de abril del 2023, había solicitado oficios de fiscalización por el desvío de 55 millones de pesos, para el pago de abogados efectuado por la madre de la consejera Ximena Montaña: Ximena Velásquez Díaz quien lidera la Corporación de Educación de la Municipalidad de Natales y designada por la Alcaldesa Antonieta Oyarzo. La solicitud de fiscalización realizada por Riquelme, surgió ante la publicación de una investigación de Contraloría Regional, que constató que la madre de la consejera Montaña, habría desviado millonarios recursos de subvención escolar al pago de abogados que lideran las causas penales en contra del exalcalde Fernando Paredes, antecedentes que además fueron remitidos al Consejo de Defensa del Estado hace más de un año, el cual no ha actuado dentro de sus prerrogativas, hasta la fecha.
En respuesta a la fiscalización solicitada por Riquelme, la consejera Montaña leyó una extensa declaración pública de más de 11 minutos, donde se acusó a Riquelme de acoso, hostigamiento, discriminación y violencia política de género, exigiendo además, la creación de una Comisión de Ética en contra de su par, la cual fue aprobada principalmente por Consejeros oficialistas, en una votación dividida el mismo mes. Así las cosas, fue conformada la «Comisión Especial de ética» por sorteo de 3 integrantes, siendo presidida por el consejero Rodolfo Cárdenas y compuesta además por los Consejeros: Miguel Sierpe y Rodolfo Moncada.
En el desarrollo de su trabajo, estaban obligados por reglamento a evacuar un informe de su trabajo a los días de su primera sesión (mayo de 2023) lo cual nunca realizaron y dilataron por más de 8 meses su funcionamiento. A lo anterior, y según consta en el fallo; la comisión se llevó a cabo bajo completo secretismo, no se le permitió al consejero Riquelme defenderse ni aportar medios de prueba, solo fue escuchada su acusadora y Colega Ximena Montaña, y no se le permitió a Riquelme acceder al proceso de investigación, efectuado en completa contravención a las normas básicas del Debido Proceso cauteladas en al Constitución.
Recurso de Protección por graves infracciones del Comité de Ética
Debido a los anteriores hechos Riquelme recurrió de Protección ante la Ilustre Corte de Apelaciones de Punta Arenas, acusando al Consejo Regional y su Comisión de Ética, de Vulnerar sus Derechos Fundamentales, acusaciones que fueron conocidas por la Corte, la que finalmente ordenó dejar sin efecto la acusación en contra del consejero regional y su comisión de ética.
En su sentencia, constató que sí estaba dentro de las atribuciones de Riquelme investigar vía oficio y detalló una serie de «graves infracciones» al Debido Proceso, en el trabajo liderado por el CORE Rodolfo Cárdenas.
En su fallo la Corte de Apelaciones pudo establecer que: La CORE Ximena Montaña en la denuncia que originó la creación de la Comisión de Ética en abril «no se establecen hechos concretos y precisos», que además se «denegó acceso al expediente de dicha comisión» por parte del CORE Rodolfo Cárdenas, se vulneró además varios derechos fundamentales como: a una defensa informada, publicidad, bilateralidad de la audiencia y contradicción, coronando la sentencia del máximo Tribunal Regional, que se había: «vulnerado con ello el inciso 5° del número 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que garantiza el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales.» ordenando que «… se deja sin efecto el proceso ante la Comisión Especial de Ética»
Formalización de la CORE Ximena Montaña
Actualmente la consejera Ximena Montaña, se encuentra formalizada por los delitos de Injurias y Calumnias, por una querella interpuesta por su colega Alejandro Riquelme ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas caratulada con el Rol 1100-2023, debido a las mismas acusaciones efectuadas el 10 de abril.
En la querella aparecen además mencionadas otras líderes feministas de la región, varias de las cuales son funcionarias públicas en ejercicio e incluso en una integrante del Juzgado de Puerto Williams, quienes dieron amplia divulgación a las acusaciones de Montaña, a través de comunicados y publicaciones en sus Redes Sociales, exigiendo además: la remoción del Consejero Riquelme de relatorías que ejecutaba a dicha fecha, a mujeres emprendedoras, por lo que no se descarta que, durante el Juicio se amplíe la Querella a funcionarios públicos en ejercicio, citados a declarar.
La solicitud de remoción de Riquelme, efectuada por Movimientos feministas Coordinadora8M y el Kolectivo Feminista de Williams, fue acogida ese mismo mes de abril por la Seremi de la Mujer de Magallanes; Sylvia Alejandra Ruiz Ovando, quien envió un comunicado a los medios de prensa anunciando la suspensión y remoción de Riquelme de todos los cursos que efectuaba comunicando informando «Hemos acogido las inquietudes planteadas públicamente, por lo que se ha acordado reemplazar al relator de los módulos de emprendimiento» citaba el comunicado de la Seremía de la Mujer del 20 de abril.
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