Punta Arenas,
0d48ec9d-a119-4787-8781-70de66845b73-medium-standard-q100.png

SALFA-1024X439-700x300-1
UMAG1024X439-700x300
HIF 336x336
Polar -336x336
AQUACHILE-336x336-NEGRO
PUQ-336X336-gif
Banner Punta Arenas (336 x 336 px)
SUPER-G-GIF
BANNER-PESCACHILE336X336
COVEPA ENERO materiales
336x336 CONCREMAG
Tabsa-250_Tabsa24
BANNER-PAD-MAGALLANES-336X336
Comapa (336 x 336 px)
CLICK ESTAMPADOS
Banner Australis - 250 x 250_Mesa de trabajo 1 (1)
Turismo_CHUBUT_336x336
CROSUR_BANNER_ARRIENDOZINCABOX336px
3f97b5c0-2f70-4010-9e4d-64b713a9021a-small-standard-q100
BANNER-PESCACHILE336X336
PUQ-250X250-gif
14HOME-Logo-Jordan
red salud 250x250
8HOME-BANNER-RECASUR-336X336
banner-dap_250x250
SANCHEZ GÉNERICO
publiciteaqui250x250
Proyecto nuevo

27 de agosto de 2023

DIRECCIÓN DEL TRABAJO INSTA A EMPLEADORES A PROTEGER A TRABAJADORES QUE LABORAN EXPUESTOS AL FRÍO 

La Dirección del Trabajo (DT) llamó este viernes a los empleadores cuyos trabajadores y trabajadoras laboran expuestos al frío en la intemperie a que adopten todas las medidas legales de protección para resguardar su salud. Específicamente, la ropa de protección […]

25.08.2023 Trabajadores expuestoa al frío2

La Dirección del Trabajo (DT) llamó este viernes a los empleadores cuyos trabajadores y trabajadoras laboran expuestos al frío en la intemperie a que adopten todas las medidas legales de protección para resguardar su salud.

Específicamente, la ropa de protección contra el frío corresponde a pantalón, parka y gorro, o un sistema integrado tipo overol, confeccionado en tela para otorgar aislamiento térmico (tales como algodones, poliéster, etc.)

Aparte de los trabajadores y trabajadoras de expendio de combustible, también deben ser protegidos contra el frío quienes laboran en parques y jardines, recolección de residuos domiciliarios y obras de construcción, entre otros.

OBLIGACIONES LEGALES

El deber protector para los empleadores está tipificado en el artículo 184 del Código del Trabajo. Este establece que “el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”.

En lo que respecta específicamente al frío, este artículo laboral se vincula con el Decreto Supremo N°594, del Ministerio de Salud, en sus artículos 99, 100, 101 y 102, bajo el título “De la exposición ocupacional al frío”.

 El  Decreto Supremo N° 594 sostiene:

  • Artículo 99: se entenderá como exposición al frío las combinaciones de temperatura y velocidad del aire que logren bajar la temperatura profunda del cuerpo del trabajador a 36°C o menos, siendo 35°C admitida para una sola exposición ocasional. Se considera como temperatura ambiental crítica, al aire libre, aquella igual o menor de 10°C, que se agrava por la lluvia y/o corrientes de aire.
  • La combinación de temperatura y velocidad de aire da origen a determinada sensación térmica representada por un valor que indica el peligro a que está expuesto el trabajador.
  • Artículo 100: a los trabajadores expuestos al frío deberá proporcionárseles ropa adecuada, la cual será no muy ajustada y fácilmente desabrochable y sacable. La ropa exterior en contacto con el medio ambiente deber ser de material aislante.
  • Artículo 101: en los casos de peligro por exposición al frío, deberán alternarse períodos de descanso en zonas temperadas o con trabajos adecuados.
  • Artículo 102: Las cámaras frigoríficas deberán contar con sistemas de seguridad y de vigilancia adecuados que faciliten la salida rápida del trabajador en caso de emergencia.

Infracciones y multas

Las dos infracciones específicas sancionadas por la DT son las siguientes:  

  • No proporcionar a los (las) trabajadores(as) que están expuestos al frío, ropa adecuada, que sea no muy ajustada y fácilmente desabrochable y sacable, y ropa exterior en contacto con el medio ambiente que debe ser de material aislante. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores.
  • No alternar períodos de descansos en zonas temperadas o con trabajos adecuados a los trabajadores expuestos al frío: tal hecho configura incumplimiento a la obligación legal de disponer medidas necesarias para proteger eficazmente la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores.

Estas infracciones acarrean sanciones por empresa (no por cada trabajador en infracción) de entre 3 UTM ($189.597 a su valor de agosto) y 60 UTM ($3.791.940 a su valor de agosto), considerando si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande y, también, si la infracción es calificada como leve, grave o gravísima.

Entre 2021 y 2023 (a la fecha), la DT ha recibido 79 denuncias y realizado 295 fiscalizaciones, 199 de ellas a través de programas planificados. En total, en el período ha aplicado 45 sanciones por un monto de $117.074.232.

67865ad28e786_800_450!
Noticias
Relacionadas
Imprimir
Turismo_CHUBUT_336x336

​Inversiones en Puertos Públicos: Camport Advierte Posibles Irregularidades en Convenios del Estado

​Inversiones en Puertos Públicos: Camport Advierte Posibles Irregularidades en Convenios del Estado

Cruceros-Punta-Arenas-2023-2024-5-800x445
nuestrospodcast
67865ad28e786_800_450!
COVEPA ENERO materiales
Noticias
Destacadas

CROSUR_BANNER_ARRIENDOZINCABOX336px
RADIOPOLAR250X250
VILLA-AVERDE250-x-250-px
BANNER-PESCACHILE336X336
250-P (2)
CROSUR_BANNER_ARRIENDOZINCABOX336px
250x250 (1)
Cruceros-Punta-Arenas-2023-2024-5-800x445
Banner Punta Arenas (336 x 336 px)
8HOME-BANNER-RECASUR-336X336
336x336
7HOME-BANNER-HORARIO-MERCADO-336
BANNER-PAD-MAGALLANES-336X336
BANNER CORCORANEXPRES_336X336PX
Comapa (336 x 336 px)
AQUA-CHILE-250x250-1
Tabsa-250_Tabsa24
Blumar_gift2
epa 250
13HOME-BANNER-PESCACHILE336X336
14HOME-Logo-Jordan
Banner Punta Arenas  (250 x 250 px)
banner-edelmag-2-1
26HOMED-banner-dap_336x336
Reserva Magallanes-RadioPolar_Banner-01
SANCHEZ GÉNERICO
SUPER-G-GIF
Comapa (250 x 250 px)
Imagen de WhatsApp 2025-01-14 a las 09
banner_Tabsa24_300x300
SOCOVESA 250
COVEPA ENERO materiales
SANTOTOMAS336X336
HIF 336x336
336x336 CONCREMAG
BLUMAR 336X336
250-P (2)
Banner Australis - 250 x 250_Mesa de trabajo 1 (1)
f9afdf29-5748-4b40-98fa-d5252121a78f-small-standard-q100 (1)
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
0b38d224-b422-4aec-92ae-cad72f71031b
PUQ-336X336-gif
publiciteaqui250x250
AQUA CHILE 336x336 (1)
SANCHEZ GÉNERICO
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
Imagen de WhatsApp 2025-01-13 a las 11
amigo familia
CLICK ESTAMPADOS
Polar -336x336
336-P
logobn (1)
Bories #871 Piso 2, Punta Arenas - Chile [email protected] / [email protected] +56 61 2241417 / +56 61 2241909
logopolartv
960 AM Para toda la region 96.5 FM Punta Arenas y Porvenir 98.5 FM Puerto Natales
radiow (1)
Canal 2 Tv Abierta Analoga. Canal 38.1 - 38.2 Tv Digital Canal 28 Tv Red, Punta Arenas Canal 77 Tv Red, Puerto Natales Canal 41 Claro, Puenta Arenas
© Copyright 2022 RadioPolar.com Todos los derechos reservados.