7 de julio de 2013
¿EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO DE FINIQUITO DE TRABAJO?
Pueden pasar días e inclusos meses entre que una persona es despedida y recibe su finiquito. Podría pensarse que ello contraviene la ley, pero no es así porque la norma no fija un plazo para este trámite. Actualmente, la Dirección […]
Pueden pasar días e inclusos meses entre que una persona es despedida y recibe su finiquito. Podría pensarse que ello contraviene la ley, pero no es así porque la norma no fija un plazo para este trámite.
Actualmente, la Dirección del Trabajo (DT) ha establecido que la formalización del finiquito debe ser cumplida inmediatamente después que se lleve a cabo el cese de la prestación de servicios. Ello con el fin acabar con la incertidumbre del trabajador que carece de este documento.
En esta línea, va el proyecto que establece un plazo para otorgar el finiquito del contrato de trabajo, texto que se encuentra en segundo trámite y que la Sala del Senado deberá votar el próximo 2 de julio.
¿Qué es el finiquito?
Es un acto jurídico de carácter bilateral, en que las partes del contrato de trabajo, con motivo del término del mismo, dejan constancia del cumplimiento de las obligaciones de cada parte, y de las excepciones o reservas del caso. El propósito es dar constancia del término de la relación laboral, y saldar, o cancelar las cuentas que pudieren existir.
¿Qué busca el proyecto?
Entregar certeza al trabajador que fue despedido de sus funciones respecto a que recibirá lo que le corresponde económicamente.
¿Cómo surgió la iniciativa?
La inquietud de generar una propuesta para acotar el plazo del finiquito ha estado presente en varias mociones en los últimos años. Dos de ellas dieron lugar a este proyecto en cuestión:
Aquella que establece un plazo para el otorgamiento del finiquito del contrato de trabajo (Boletín N° 7467-13) Fue ingresado en enero de 2011 y busca que el finiquito se haga efectivo en un plazo máximo de 72 horas desde que el empleado es despedido
Aquella que modifica el Código del Trabajo estableciendo un plazo para el otorgamiento del finiquito del trabajador (Boletín N° 7746-13) Fue ingresado en junio de 2011 y establece que el empleador tendrá quince días hábiles para otorgar dicho documento, contados desde el cese efectivo de las prestaciones de servicios
¿Qué dice el proyecto consensuado de ambas mociones que se tramita?
Establece diez días hábiles para el otorgamiento del finiquito del contrato de trabajo, término que se contará desde que el trabajador hubiere sido separado de sus funciones.
Consta de un artículo único que modifica el Código del Trabajo, estableciendo que las partes podrán pactar el pago en cuotas respecto a lo que se adeude.
El espacio de lectura e investigación, se encuentra emplazado en calle 21 de mayo 2080, esquina Latorre, a un costado del Liceo Industrial.
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