1 de agosto de 2024
En fallo unánime (causa rol 233-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Marcos Kusanovic Antinopai, el fiscal judicial Pablo Miño Barrera y la abogada (i) Sintia Orellana Yévenes– rechazó el recurso de nulidad intentando contra la sentencia, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, que aplicó, además, a Álvarez Álvarez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena; el pago de una multa de 4 UTM y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados y al comiso del vehículo que conducía al perpetrar el ilícito, marca Volkswagen modelo Golf placa patente RWFR.52.
El fallo de primera instancia confirmado condenó, además, Álvarez Álvarez a la pena de 3 años y un día de presidio, accesorias y multa de 4 UTM, como autor del delito consumado de no dar cuenta a la autoridad de accidente en que se produzcan lesiones graves gravísimas; y 100 días de presidio por quebrantamiento de condena.
La sentencia del tribunal de alzada consigna que, de la simple lectura de los hechos acreditados, “resulta que en ellos se contiene los elementos de los tipos penales de los que reniega la defensa, no existiendo transgresión a los límites normativos”.
El fallo de la Corte de Apelaciones afirma que la defensa no logró configurar “ninguno de los vicios denunciados, razón por la cual el recurso de nulidad ha de ser desestimado en todas sus partes”.
Una vez ejecutoriada la sentencia, se deberá comunicar las accesorias legales aplicadas al sentenciado al Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados y al Servicio Electoral.
El fallo en alzada dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 03:30 horas del 1 de junio de 2023, José Luis Álvarez Álvarez condujo por la segunda pista de la avenida Bulnes de Punta Arenas en dirección sur, el vehículo marca Volkswagen, modelo Golf, placa patente RWFR.52, a una velocidad no razonable ni prudente conforme a los límites urbanos, la que mediaba en 112 kilómetros por hora, y con licencia de conducir suspendida.
Al aproximarse a la intersección de la avenida Bulnes con calle Mapuche, el condenado desvió su desplazamiento hacia el sur poniente ingresando con parte de la estructura del móvil a la primera pista de circulación, maniobra con la que colisionó al vehículo marca Mazda, modelo Demio, placa patente SBTW.49, conducido por la víctima, Anita Belén Águila Santana, quien circulaba por calle Mapuche en dirección sur oriente.
Tras la colisión, el condenado, abandonó el automóvil que conducía, se dio a la fuga, sin dar cuenta del hecho a la autoridad ni prestar ayuda a la víctima quien, a consecuencia de la colisión, sufrió lesiones graves gravísimas que le causaron secuelas neurológicas permanentes, entre otras, invalidez e incapacidad de caminar de carácter irreversible, que implican incapacidad funcional de extremidades permanente y no curable.
Posteriormente, pasadas las 11:00 horas de ese día, personal de Carabineros ubicó a Álvarez Álvarez en un domicilio ubicado en avenida Pedro Aguirre Cerda de la ciudad, donde se le efectuó la prueba respiratoria de alcotest y que arrojó un resultado de 1,28 gramos por litro, ebriedad además ratificada por el resultado del examen de alcoholemia que luego se le practicó en el Hospital Clínico y que arrojó un valor de 1,13 gramos de alcohol por litro de sangre.
Por la alta energía del impacto, el vehículo de la víctima resultó con pérdida total.
Con su actuar, Álvarez Álvarez quebrantó además la condena impuesta por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas en marzo de 2023, como autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad a, entre otras penas, la suspensión de licencia de conducir por dos años.
Este domingo.
Este domingo.