11 de julio de 2024
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas dictó hoy –miércoles 10 de julio– veredicto condenatorio en contra de Carlos Elías Muñoz Cárcamo, en calidad de autor del delito consumado de femicidio íntimo. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la ciudad.
En resolución unánime (causa rol 47-2024), el tribunal –integrado por las magistradas Adriana Knopel Jaramillo (presidenta), Constanza Sutter Lagarejos (redactora) y Palmira Muñoz Leiva– tras la deliberación de rigor, dio por acreditados tanto la ocurrencia del ilícito, como la participación culpable de Muñoz Cárcamo en los hechos.
Para el tribunal: “(…) el delito fue perpetrado mediante ensañamiento, ya que Muñoz Cárcamo propinó a Raquel del Carmen Díaz Jiménez, una multiplicidad de heridas, con un arma cortante, que le ocasionaron lesiones de diversas características, tales como heridas cortopunzantes, penetrantes y con compromiso visceral, siendo agredida, además, con un elemento contuso en su cráneo”.
Heridas que fueron inferidas “(…) mientras Raquel del Carmen Díaz Jiménez se encontraba con vida, como lo develaron las diversas lesiones defensivas de relevancia que mantenía en su manos dificultando su capacidad de repeler el ataque la circunstancia de presentar movilidad reducida de acuerdo a su carnet de discapacidad, lesiones que conjuntamente con otras que le provocaron diversas equimosis, le provocaron un gran sufrimiento durante al menos 30 minutos como lo especificó la perito médico legal”, añade el acta de deliberación.
Con su actuar, Muñoz Cárcamo aumentó “(…) deliberada e inhumanamente su dolor, no existiendo causal de justificación alguna a dicha conducta, de modo tal que este Tribunal estima concurrente la circunstancia agravante invocada por la parte acusadora, contenida en el artículo 12 N°4 del Código Penal”, afirma el dictamen.
“De esta forma, se ha desvirtuado la presunción de inocencia que le amparaba a Carlos Elías Muñoz Cárcamo, sin que los alcances formulados por su defensa, hubiesen permitido construir siquiera una duda con caracteres de razonabilidad tal que hubiese permitido desvirtuarla, razón por la cual, se rechaza la petición principal y subsidiaria esgrimida por la defensa, todo ello en la forma que se fundamentará y precisará en la sentencia definitiva que corresponde dictar”, concluye.
La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por la jueza Sutter Lagarejos, quedó programada para las 13 horas del próximo lunes 15 de julio, vía remota.
Este domingo.
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