7 de mayo de 2023
Mientras que el voto es obligatorio para todos los chilenos que tengan su domicilio electoral en el país, quienes residan fuera de nuestras fronteras no podrán participar del proceso de esta jornada.
Tal como consigna el ministerio de Relaciones Exteriores a través del portal votoenelexterior.cl, la Ley N° 20.960, que “regula el derecho a sufragio en el Extranjero”, establece que los chilenos con domicilio electoral en el extranjero sólo pueden participar en primarias presidenciales, elecciones presidenciales y plebiscitos nacionales.
En este caso, lo que se vota es la elección de 50 ciudadanas y ciudadanos que discutirán y aprobarán una propuesta de texto de Nueva Constitución.
Si necesitas revisar tus datos electorales, puedes ingresar con tu rut en consulta.servel.cl y así conocer tu domicilio electoral.
Eso sí, los connacionales que viven fuera del país sí podrán votar en el Plebiscito del 17 de diciembre.
Si bien el sufragio es obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile, podrán excusarse quienes hayan dejado de cumplir su obligación por enfermedad, no estén en el país, se encuentren el día de la elección en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que está registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave.
“Recomendamos presentar al Juzgado de Policía Local, mediante un apoderado o por correo electrónico, las pruebas que acrediten que el día de la elección te encontrabas fuera del país” señala el portal votoenelexterior.cl.
“Como medio de prueba, se sugiere solicitar el certificado de viaje extendido por la Policía de Investigaciones (PDI), opción trámites particulares en la página web PDI Chile“, añade.
El Servel reanudará los procesos de inscripción, actualización y modificación del Registro Electoral durante los meses de junio y julio.
“Se encontrará disponible en la red de Consulados de Chile en el mundo y en línea con Clave Única”, se detalla.
Puedes comunicarte con el Servel para resolver tus consultas a través de sus canales de atención:
Atención telefónica desde el extranjero: +56 229 153265
Horario de atención: lunes a domingo de 8:30 a 22:30 horas.
Fuente: biobiochile.cl
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, acogió la demanda y que ordenó, además, el pago de la suma de $50.000.00 por concepto de daño moral y $5.199.582 por feriado legal y proporcional.