Punta Arenas,
0d48ec9d-a119-4787-8781-70de66845b73-medium-standard-q100.png

SALFA-1024X439-700x300-1
UMAG1024X439-700x300
Banner HIF 01_v1_JS_Banner 336x336
336x336 CONCREMAG
AQUACHILE-336x336-NEGRO
Yoppen 336x336
BANNER 336 X 336 PEPSI ZERO
SUPER-G-GIF
BANNER-PESCACHILE336X336
COVEPA JULIO 336X336
GIF-AGUAS-MAGALLANES-1
Tabsa-250_Tabsa24
PUBLICITEAQUI336X336
BANNER-OXISALUD-336X336-1
CLICK ESTAMPADOS
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
CROSURINVIERNO_BANNER_250X250PX
BANNER 250 X 250 PEPSI ZERO
BANNER-PESCACHILE336X336
CASINO-250x250-gif
14HOME-Logo-Jordan
publiciteaqui250x250
Banner-de-336x336-pxl-e1706726686152
SANCHEZ CHAQUETAS SOUTHWIND 250x250
8HOME-BANNER-RECASUR-336X336
banner-dap_250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250

5 de abril de 2024

CORTE DE PUNTA ARENAS CONFIRMA LA PRISIÓN PREVENTIVA DE IMPUTADO POR VIOLACIÓN IMPROPIA Y FACILITACIÓN DE LA PROSTITUCIÓN INFANTIL

​Ilícitos perpetrados el año pasado, en la comuna.

foto corte puq

​La Corte de Punta Arenas rechazó hoy –viernes 5 de abril– el recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución que dejó en prisión preventiva a J.A.N.J., imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados y reiterados de violación impropia y promoción o facilitación de la explotación sexual de menores. Ilícitos perpetrados el año pasado, en la comuna.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Caroline Turner González, Juan Villa Martínez y el fiscal judicial Pablo Miño– confirmó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, al compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Que la Defensa ha sido contradictoria e inconsistente en la formalización de su apelación respecto de las alegaciones que ha efectuado para el objetivo de la libertad de su representado, y coloca al tribunal en situación de tener que deducir si se ataca la concurrencia de los presupuestos de las letras a) o b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, toda vez que el discurso ha ido dirigido a un cuestionamiento de los hechos y de la investigación”, plante el fallo.

Para el tribunal de alzada: “(…) lo anterior no guarda relación con la solicitud planteada en estrados que se aplique una medida cautelar alternativa al imputado, toda vez que ello significa reconocer la concurrencia de los requisitos antes mencionados, lo que permite concluir que no existe coherencia en las peticiones formuladas”.

“Que, por otro lado, las alegaciones planteadas por la defensa no corresponden a un debate de medidas cautelares propiamente tales sino que más bien aluden a cuestiones de fondo, propias del juicio oral donde deberá rendirse la prueba que tendrá que ponderarse en dicha oportunidad para dilucidarlas”, releva.

“(…) los argumentos expuestos por la defensa en estrados, no permiten alterar los fundamentos contenidos en la resolución en alzada –que esta Corte comparte y hace suyos–, teniendo presente, además, la naturaleza de los delitos formalizados; la pena asignada a los mismos y la entidad del bien jurídico vulnerado, todos los cuales analizados en su conjunto permiten concluir que la libertad del imputado, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, resultando plenamente procedente la medida cautelar decretada, por cuanto no se advierte que medidas cautelares de menor intensidad, resulten idóneas para cautelar suficientemente los fines del procedimiento y particularmente la seguridad de la sociedad y la víctima”, concluye.

Según el ente persecutor, en fechas indeterminadas entre enero y marzo de 2023, el imputado tomó contacto con la víctima, una menor de 12 años de edad, que se encontraba en una residencia de protección, a través de redes sociales, como Grinder e Instagram, acordando en más de una oportunidad, en pleno conocimiento de su condición vulnerable y edad, reunirse para mantener relaciones sexuales a cambio de dinero u otras formas de compensación.

En dicho contexto, la menor se escapaba de la residencia para juntarse con el imputado, quien procedía a violarla. Además, J.A.N.J., promovió y facilitó la explotación sexual de la niña por parte otros sujetos adultos que él conocía.

ENTREGA DE SUBVENCIONES (4)
Noticias
Relacionadas
Imprimir
AGUAS MAGALLANES 336x336

​De acuerdo con la encuestadora, en el último sondeo Bachelet concentró el 9% de las preferencias, quedando en tercer lugar detrás del republicano, José Antonio Kast (11%) que bajó tres puntos con respecto a junio.

​De acuerdo con la encuestadora, en el último sondeo Bachelet concentró el 9% de las preferencias, quedando en tercer lugar detrás del republicano, José Antonio Kast (11%) que bajó tres puntos con respecto a junio.

cadem-matthei-kast-bachelet
nuestrospodcast
Gráfica 2
336x336 CONCREMAG
Noticias
Destacadas

PHOME1-BUS-SUR-250x250-1
COVEPA JULIO 250X250
VILLA-AVERDE250-x-250-px
BANNER-PESCACHILE336X336
GASCO LLAE 250x250
BANNER 336 X 336 PEPSI ZERO
CROSURINVIERNO_BANNER_250X250PX
Gráfica 2
CROSURINVIERNO_BANNER_336X336PX
SANTO TOMAS 336X336
8HOME-BANNER-RECASUR-336X336
6HOME-VILLA-VERDE-336
7HOME-BANNER-HORARIO-MERCADO-336
GASCO LLAE 336x336
9HOME-gift-blumar1
AQUA-CHILE-250x250-1
Tabsa-250_Tabsa24
Blumar_gift2
CASINO-250x250-gif
epa 250
BANNER CORCORANEXPRES_336X336PX
11HOME-BANNER-OXISALUD-336X336-1
BANNER 250 X 250 PEPSI ZERO
banner-edelmag-2-1
26HOMED-banner-dap_336x336
Banner-336X336
SANCHEZ ASHLEY 250X250
SUPER-G-GIF
11HOME-BANNER-OXISALUD-336X336-1
Sin título
amigo familia
Karen Manzano historiadora foto 2
Yoppen 336x336
13HOME-BANNER-PESCACHILE336X336
14HOME-Logo-Jordan
banner_Tabsa24_300x300
CASINO-250x250-gif
COVEPA JULIO 336X336
SANTOTOMAS336X336
GASCOGIF250x250 LLAE
publiciteaqui250x250
PUBLICITEAQUI250X250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
Banner HIF 01_v1_JS_Banner 336x336
22HOME-abu-gosh336-1
publiciteaqui250x250
AQUA CHILE 336x336 (1)
SANCHEZ ASHLEY 336X336
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
acelera3
Banner 336X336
BANNER 336 X 336 PEPSI ZERO
25HOME-clickestampados336
PUBLICITEAQUI336X336
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
logobn (1)
Bories #871 Piso 2, Punta Arenas - Chile [email protected] / [email protected] +56 61 2241417 / +56 61 2241909
logopolartv
960 AM Para toda la region 96.5 FM Punta Arenas y Porvenir 98.5 FM Puerto Natales
radiow (1)
Canal 2 Tv Abierta Analoga. Canal 38.1 - 38.2 Tv Digital Canal 28 Tv Red, Punta Arenas Canal 77 Tv Red, Puerto Natales Canal 41 Claro, Puenta Arenas
© Copyright 2022 RadioPolar.com Todos los derechos reservados.