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13 de julio de 2023

CORTE DE PUNTA ARENAS CONFIRMA CONDENA POR CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO LESIONES Y DAÑOS

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia que condenó a Manuel Víctor Lonconado Garcés a la pena de 4 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado […]

CORTE DRON 2

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia que condenó a Manuel Víctor Lonconado Garcés a la pena de 4 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, causando lesiones graves gravísimas, lesiones leves y daños a la propiedad. Ilícito perpetrado en junio del año pasado.

En fallo unánime (causa rol 222-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Claudio Jara Inostroza, el fiscal judicial Pablo Miño Barrera y la abogada (i) Sintia Orellana Yévenes– estimó que los argumentos de la defensa permitan alterar los fundamentos contenidos en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas.

“En la medida que esta –prosigue el fallo- en su parte apelada, da cuenta de que se descarta la concurrencia de los requisitos subjetivos para la procedencia de la aplicación de una pena sustitutiva respecto del imputado, imponiéndose, en consecuencia, la necesidad de cumplimiento efectivo de la pena para que ésta pueda lograr sus fines, basamentos que esta Corte comparte y hace suyos”.

“Que los argumentos expuestos por la Defensa en estrados, no permiten alterar los fundamentos contenidos en la sentencia en alzada, en la medida que esta, en su parte apelada, da cuenta de que se descarta la concurrencia de los requisitos subjetivos para la procedencia de la aplicación de una pena sustitutiva respecto del imputado, imponiéndose, en consecuencia, la necesidad de cumplimiento efectivo de la pena para que esta pueda lograr sus fines, basamentos que esta Corte comparte y hace suyos”, sostiene el fallo.

“Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 364 y siguientes del Código Procesal Penal y 37 de la Ley N°18.216, SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia de fecha diecinueve de junio del año en curso, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas”, concluye.

El fallo de primera instancia ratificado dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 20:19 horas del 27 de junio de 2022, Rocío Belén Quiroz Caba conducía por calle José Martínez de Aldunate en dirección al sur, en el cruce a calle Santa Juana, su vehículo fue impactado en la parte trasera por el automóvil conducido por Manuel Víctor Lonconado Garcés, quien lo hacía a una velocidad no menor a 83 kilómetros por hora, con una dosificación de 2,63 gramos por mil de alcohol en la sangre, además de haber consumido previamente marihuana.

A consecuencia del impacto, la acompañante del condenado resultó con desforramiento y fracturas de extremidad superior derecha, con secuelas en la funcionalidad y estética permanentes, calificadas médicamente como graves. En tanto, la conductora del vehículo impactado resultó policontusa; uno de sus acompañantes, policontuso; un menor de edad que también iba en este automóvil, sufrió politraumatismo, TEC cerrado, contusión pélvica, abdomen agudo traumático, perforación de ileon, de carácter grave, y un segundo menor de edad, resultó policontusa de carácter leve.

Finalmente, ambos vehículos involucrados resultaron con daños estructurales, al igual que un poste del alumbrado público y una reja perimetral del complejo habitacional ubicado en el lugar del accidente.

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