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22 de diciembre de 2024

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA ADMISIBLES RECURSOS CONTRA INDICACIÓN QUE AFECTA DERECHOS INDÍGENAS EN LEY LAFKENCHE

Genera expectativas sobre la protección de derechos humanos y espacios marinos de pueblos originarios afectados por indicación de parlamentarios de Renovación Nacional. ​

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El Tribunal Constitucional de Chile resolvió el pasado 19 de diciembre admitir a trámite y declarar admisibles los recursos de inconstitucionalidad presentados contra el artículo 48 del Proyecto de Ley de Presupuestos 2025, en particular, una indicación que afecta directamente la Ley Lafkenche, destinada a proteger los Espacios Costeros Marinos para Pueblos Originarios (ECMPO). Este avance judicial marca un hito en la defensa de derechos indígenas y el equilibrio legislativo en el país.

La presidenta del Tribunal, Daniela Marzi Muñoz, junto a las ministras y ministros que integran el Pleno, analizaron en esta primera etapa los argumentos presentados por el Ejecutivo, un grupo de senadores y más de 40 diputados oficialistas, respectivamente. Estos cuestionaron que la indicación presupuestaria constituye una "derogación encubierta" de la Ley Lafkenche, vulnerando principios constitucionales y compromisos internacionales como el Convenio 169 de la OIT.

El artículo 48 en cuestión, suspende los procedimientos de protección de los ECMPO, lo que, según los peticionarios, representa una amenaza a los derechos de las comunidades originarias. "La Ley de Presupuestos no puede ser utilizada para alterar derechos establecidos en normativas permanentes", afirmó el Ejecutivo en su requerimiento.

Entre los argumentos presentados por los senadores y diputados oficialistas, se destaca que esta suspensión discrimina arbitrariamente a los pueblos originarios y afecta principios fundamentales como la igualdad ante la ley y la no regresividad en derechos humanos. "Estamos frente a un retroceso en la protección de derechos indígenas y en la conservación de ecosistemas clave", señaló el grupo de senadores.

Las críticas también apuntaron al procedimiento legislativo del artículo 48, declarado inicialmente inadmisible en la Cámara de Diputados, pero posteriormente aprobado por el pleno y ratificado sin modificaciones en el Senado. Los parlamentarios denunciaron que esta aprobación careció de un análisis exhaustivo, calificándola de apresurada y arbitraria.

 

Organizaciones de comunidades indígenas se sumaron al debate, presentando también requerimientos de audiencias, los cuales están en tramitación por el Tribunal. Estas comunidades advirtieron que el artículo compromete la protección de derechos consuetudinarios y representa un retroceso en la garantía de sus derechos fundamentales.

El Pleno del Tribunal Constitucional continuará con el análisis de fondo en una sesión ordinaria programada para el 26 de diciembre. Los expedientes y detalles del caso están disponibles en su sitio web oficial.

"El Tribunal Constitucional debe garantizar el respeto a los derechos de los pueblos originarios y evitar precedentes que afecten los estándares internacionales en materia de derechos humanos", enfatizó el documento presentado por los senadores.

La controversia ha generado tensiones entre el Ejecutivo, el Legislativo y las comunidades indígenas, subrayando el desafío de equilibrar desarrollo sostenible, justicia social y respeto al marco constitucional. Desde el Gobierno se reafirmó que no se permitirán alteraciones en normativas permanentes mediante leyes transitorias.

Se espera que la resolución del Tribunal Constitucional establezca un precedente crucial para la defensa de los derechos indígenas en Chile, protegiendo espacios marinos clave y reforzando el marco legal en la tramitación presupuestaria. "Esto no es solo un problema jurídico, es un retroceso en la garantía de los derechos humanos en Chile", concluyeron los diputados oficialistas.


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